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Numero De Tema 051: Cantidad Del Incremento Anual

La cantidad del incremento anual permitido a partir del 1 de marzo del 2013 hasta el 28 de febrero del 2014 es de 1.9%. La cantidad de incremento anual permitido a partir del 1 de marzo del 2012 hasta el 28 de febrero del 2013 es de 1.9%.

No hay límites en la cantidad de dinero que un propietario puede cobrar al inquilino al principio de un arrendamiento cuando se está alquilando una unidad vacante. El incremento del arrendamiento en unidades fuera de San Francisco no están bajo la jurisdicción de la Junta del Control de Rentas de San Francisco. No hay control de arrendamiento comercial en San Francisco.

Para recibir una lista completa de los incrementos permisibles anuales pasados, usted puede enviárselos por fax a usted mismo a través de nuestro sistema Fax Back al llamar al 252-4660 ó visite nuestro sitio de Internet www.sfrb.org. La lista también se encuentra disponible en nuestra oficina.

Diciembre 2012

Last updated: 12/7/2012 10:39:10 AM